EFE
La Audiencia de Las Palmas ha declarado nulos los acuerdos de la junta general de accionistas de la UD Las Palmas que reeligió a Miguel Ángel Ramírez como residente de la entidad, en una sentencia que cuestiona que el reparto accionarial del club sea el que sus dirigentes aseguran.
La Audiencia estima así el recurso interpuesto por el expresidente de la UD Las Palmas Manuel García Navarro contra la junta general de accionistas del 12 de mayo de 2010, que inicialmente había sido avalada por el Juzgado de lo Mercantil.
García Navarro alegaba en su demanda que esa junta era nula porque se celebró sin reunir el quórum necesario de accionistas y, además, esgrimía una serie de reparos sobre cuál es el verdadero capital social del club y quiénes son sus legítimos accionistas.
La sentencia de apelación le da la razón en gran parte de sus planteamientos, al apreciar una serie de irregularidades que parten de la "operación acordeón" que acometió la UD en 2005 para reducir a cero su capital social, amortizar las viejas acciones y emitir 449.520 nuevos títulos por un valor total de 3,51 millones de euros.
El problema radica en que el acuerdo por el que se decidió acometer esa operación para restablecer el equilibrio patrimonial de la UD Las Palmas también disponía que tanto la reducción a cero del capital, como su posterior ampliación a 3,51 millones, "quedarían sin efecto" si esta última no se suscribía en su integridad, como ocurrió (solo se suscribieron títulos por 1,76 millones).
La Audiencia entiende que, al haber ocurrido eso, la operación acordeón queda anulada y los titulares de las viejas acciones "siguen siendo accionistas de la UD Las Palmas" y mantienen todos sus derechos, porque sus participaciones no han sido amortizadas.
"Ello supone no solo que la cifra de capital social no puede considerarse que sea la reflejada en el listado de asistentes (a la junta de 2010 que reeligió a Ramírez), sino que incluso no puede siquiera considerarse que los asistentes, que al parecer lo son como adquirientes de las acciones emitidas en la ampliación de capital de la operación acordeón, sean realmente los accionistas de la sociedad", razona la magistrada ponente, María Elena Corral.
Siguiendo con el mismo argumento, cuestiona que quienes participaron en la junta con las acciones de la operación acordeón lo hicieran con títulos válidos "para asistir y votar".
"Se tiene por accionistas a quienes aún no pueden serlo por no haberse cumplido las condiciones exigidas para la conclusión de la operación acordeón y por seguir teniendo validez jurídica las acciones correspondientes a ese capital social del que ha de partirse", el previo a la ampliación de 2005, añade.
El tribunal subraya "la grave inseguridad jurídica" que ha generado "la sucesión de acuerdos de reducción y ampliación de capital" en la UD Las Palmas en los últimos años, varios de ellos nunca inscritos en el registro, hasta el punto de que "ni siquiera puede afirmarse con certeza cuál es el capital social" del club.
La Audiencia advierte de que esa es una "situación a la que debería ponerse fin en algún momento, por una actuación diligente de los administradores sociales".
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